Alquiler de vientres: la Corte podría sentar un precedente


Deberá expedirse sobre la legalidad de la técnica y la doble filiación de tres chicos de una pareja gay
LA NACION
DOMINGO 21 DE MAYO DE 2017
Carlos y Horacio, junto con sus hijos Alma, de tres años; Aira y Vicent, de 13 meses, y Vigo, de cuatro meses
Carlos y Horacio, junto con sus hijos Alma, de tres años; Aira y Vicent, de 13 meses, y Vigo, de cuatro meses. Foto: Santiago Filipuzzi
El señorial piso de Palermo parece una guardería infantil. En el estudio, acondicionado como una plaza blanda, duermen los mellizos Aira y Vincent, de 13 meses. Alma, de tres años, juega con su traje de princesa y le reclama atención a su padre, Horacio T. A Vigo, de cuatro meses, lo acuna en sus brazos Carlos S., la pareja de Horacio. En ese hogar, hay amor y un proyecto de familia consolidado contra todas las adversidades.
Los cuatro chicos nacieron en vientres sustitutos, con gametas de los padres y óvulos donados. Alma nació en Orlando, Estados Unidos, y sus hermanos, en la Argentina. El procedimiento, que se conoce como gestación por sustitución, es una práctica reproductiva de alta complejidad que no está legislada en el país. Eso no ha impedido que parejas fértiles que no pueden gestar-heterosexuales y homosexuales- hayan logrado su anhelo de ser padres. Se estima que al menos unos 40 chicos nacieron en vientres sustitutos en la Argentina. Los casos son todos diversos: madres, hermanas, cuñadas y amigas movidas por el altruismo y úteros de alquiler posibilitaron esos nacimientos.
El vacío legal, sin embargo, convierte hoy en NN a los tres hijos nacidos aquí de Horacio y de Carlos. Sin DNI, sin identidad filiatoria que los consagre como hijos de la pareja, los chicos no sólo no pueden desplazarse libremente junto a sus padres por el interior del país o viajar al exterior; tampoco pueden acceder a una obra social o a sus historias clínicas.
Para el ordenamiento jurídico madre es quien da a luz y, por ende, los tres serían hijos de las dos mujeres que los gestaron, a pesar de haber recurrido a la ovodonación (anónima) y de que los mellizos fueron concebidos con las gametas de Carlos y el más chico con las de Horacio. Lo más controversial de la legislación en este y muchos otros casos que se dirimen en la Justicia es que las gestantes no tienen voluntad de ser madres. Sólo se solidarizaron con el proyecto familiar y ahora litigan para que la legislación no les imponga el vínculo filial.
Tras una dura batalla legal, este caso de filiación es el primero en llegar a la Corte Suprema de Justica, que deberá expedirse sobre una figura compleja y sensible: la gestación por sustitución en un caso de copaternidad entre dos hombres.
Más allá de los dilemas éticos que el alquiler de vientres suscita, por el comercio y la cosificación de la mujer en algunos casos, el método es el único al que pueden recurrir dos hombres para ser padres biológicos.
Si bien ya el año pasado la Justicia inscribió en Rosario un precedente favorable en un caso similar, el fallo del alto tribunal podría fijar una postura inequívoca sobre la legalidad -o no- de esta práctica y avanzar en la conquista o denegación de nuevos derechos: que parejas de varones puedan recurrir a vientres subrogados para poder ser padres y garantizarles -o no- a sus hijos el derecho a su identidad.
En los hechos, la Justicia viene avalando esta práctica tanto en parejas homosexuales como heterosexuales. Ya son 16 los fallos firmes que sentenciaron que padres son quienes tienen la voluntad de serlo y no la mujer que los gestó. Con ese aval, los chicos nacidos en úteros subrogados pudieron ser inscriptos como hijos de uno o de ambos aportantes de las gametas, desvinculando en la maternidad a la gestante, sin lazos biológicos.
Aunque en un caso se inscribió a un chico como hijo de tres padres. En la mayoría de los planteos, sin embargo, se proclamó la inconstitucionalidad del artículo 562 del nuevo Código Civil, que dice justamente lo opuesto: que madre es la que da luz.

Las gestantes

Amparados por el concepto jurídico de que todo lo que no está prohibido está permitido, son muchos los centros de fertilidad en el país que realizan estas prácticas reproductivas, aunque pocos lo reconocen. El director de Halitus, Sergio Pasqualini, realizó 27 procedimientos desde 2013, en los que hubo 16 nacimientos (dos de ellos, gemelares). En 21 de esos casos, con parejas heterosexuales; cinco homosexuales y uno de un hombre solo. "Las primeras prácticas, aunque ocasionales, en mujeres con síndrome de Rokitansky -sin útero- fueron en 2000. Hoy es un procedimiento habitual. Sólo esta semana realizamos tres", precisa.
La dificultad radica siempre en encontrar a las gestantes, que deben ser aportadas por los comitentes. Halitus ya suscribió convenios con centros en Ucrania, encargados de compensarlas y de homologar acuerdos donde ellas expresan su voluntad informada de llevar el embarazo. Mientras en el país el procedimiento cuesta unos US$ 40.000, el costo trepa a US$ 60.000 en Ucrania y se duplica en países como Estados Unidos, India, Canadá, Grecia y Sudáfrica que consienten la práctica. Una resolución de la Cancillería de 2015 destrabó los entuertos filiatorios de chicos nacidos en el exterior en vientres alquilados. Aceptó que mientras hayan sido anotados conforme a la legislación del país donde nacieron, la Argentina no debía poner en crisis esa norma.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez, patrocinante de Horacio y Carlos ante la Corte, batalló hasta lograr la inscripción de 15 de esos nacimientos en el exterior. Ahora se focaliza en el principio de la no discriminación y de la voluntad procreacional, basada en el amor filial y el linaje, para que la Corte se pronuncie.
El anteproyecto del Código Civil y Comercial regulaba la maternidad subrogada, pero fue eliminada del texto definitivo. Hoy los problemas filiatorios quedan sujetos a la discrecionalidad judicial, que debe amparar los derechos de todos los intervinientes, en especial, el interés superior del niño y su derecho a la identidad.
"Si bien los jueces terminan aceptando lo que en la realidad no pueden desconocer, lo cierto es que lo que la ley silencia y termina perjudicando al más débil, a las minorías y a las mujeres que gestan para otros", dice la abogada especialista en familia, Marisa Herrera, investigadora del Conicet e integrante del equipo de redacción de uno de los dos proyectos de ley que esperan en Diputados. De no tratarse el año próximo, ambos perderían estado parlamentario.
"El caso se complejiza -señala Gil Domínguez- porque el asesor de menores, para no sentar precedente, quiere imponerles la figura ya legislada de la adopción de integración y no la de copaternidad, lo que es ridículo ya que supone que un padre debe adoptar a su propio hijo".
A falta de legislación, la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (Samer) acordó un protocolo de buenas prácticas para avanzar con la maternidad subrogada, en el que es indispensable la autorización judicial previa. Centros como IVI o Cegir indicaron a LA NACION que mientras los comitentes aporten a las gestantes sin intermediarios, todas las partes se sometan a evaluaciones psicológicas y se obtenga el aval judicial, procederán con los tratamientos. "En el país, la maternidad subrogada no debería costar más de US$ 20.000", dice Claudio Papier, de Cegir.

Una práctica cuestionada

Señalan que promueve la cosificación de la mujer
Cosificar a la mujer, alentar su explotación reproductiva y esclavizarla por dinero para alquilarle un órgano con el fin de gestar un hijo para terceros. Desconocer el vínculo que durante nueve meses un bebe establece en el ámbito intrauterino. Esos son algunos de los argumentos por los que un amplio sector de la sociedad cuestiona moral y éticamente que la maternidad subrogada sea un práctica reproductiva aceptada.
Indican que los contratos previos entre padres biológicos y la gestante carecen de legitimidad jurídica, en tanto suponen un tipo de comercio que violenta la dignidad de la mujer y sus derechos humanos más fundamentales.

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