Tras un fallo inédito, un docente podrá adoptar a uno de sus alumnos
Se trata de una situación excepcional que se prevé en el nuevo Código Civil de la Nación, incorpora que la figura de "referente afectivo". El niño tiene 11 años y tiene un fuerte lazo afectivo con su docente.
Un tribunal de la localidad cordobesa de Villa Cura Brochero le quitó la tenencia de un niño a sus padres y le otorgó la "guarda preadoptiva" a su profesor de computación. El fallo se basó sobre "la inidoneidad de los padres del menor de marras para hacerse cargo del mismo".
Según el fallo, publicado por el sitio especializado en jurisprudencia elDial.com, el tribunal cordobés autorizó al docente a iniciar "los trámites para tener la guarda preadoptiva de un alumno", pues ante el virtual abandono de sus padres y la muerte de una abuela y una tía es "su único referente afectivo", una figura incorporada en el nuevo Código Civil.
"Se trata de una situación excepcional que se prevé en el nuevo Código Civil de la Nación. Entiendo que no hubo en el país un caso así", indicó el juez José María Estigarribia, quien autorizó la adopción del menor.
El magistrado manifestó explicó en declaraciones radiales que "el nuevo sistema que prevé el Código Civil es que, una vez declarada la adoptabilidad, se busca que directamente se vaya a la lista única de adoptantes" pero en esta situación "excepcional" donde el maestro se veía "impedido" de ir a esa lista de adoptantes "es que hace la presentación y se opone a la adopción demostrando que él fue realmente un referente afectivo".
"Se advierten severas limitaciones que presentan los ascendientes del niño para poder ejercer en forma responsable y adecuada su rol, quienes, a su vez, no han hecho el esfuerzo necesario para lograr superar las dificultades que motivaron la desvinculación con su hijo, desde su nacimiento", sostiene el fallo.
El pequeño en la actualidad tiene 11 años y "el estado de abandono tanto material como espiritual se materializó, presentándose, nuevamente, una situación que objetivamente lo colocó en una situación de vulnerabilidad, haciendo necesario buscar una alternativa de vida que ofrezca mayores garantías para su sano crecimiento".
El fallo abrió la vía de la guarda preadoptiva ante "la situación en la que quedaría el menor ante, por un lado, la despreocupación demostrada por sus padres en su cuidado desde su nacimiento y la imposibilidad constatada de hacerlo actualmente, y por otro lado, que la guarda simple puede otorgarse sólo por el término máximo de un año, pudiendo renovarse por única vez por un plazo igual".
"Transcurrido el mismo, nuevamente habría que judicializar la cuestión para definir la situación, con el consiguiente efecto negativo, cuando ha quedado rotundamente probada la inviabilidad de que las circunstancias puedan variar", resumió la resolución del juez José María Estigarribia.
Javier Castellano Echenique, maestro de computación del niño, se hizo cargo de él y ahora ambos viven en el Paraje Los Algarrobos, ubicado en el departamento San Alberto, en Córdoba.
Según el fallo, publicado por el sitio especializado en jurisprudencia elDial.com, el tribunal cordobés autorizó al docente a iniciar "los trámites para tener la guarda preadoptiva de un alumno", pues ante el virtual abandono de sus padres y la muerte de una abuela y una tía es "su único referente afectivo", una figura incorporada en el nuevo Código Civil.
"Se trata de una situación excepcional que se prevé en el nuevo Código Civil de la Nación. Entiendo que no hubo en el país un caso así", indicó el juez José María Estigarribia, quien autorizó la adopción del menor.
El magistrado manifestó explicó en declaraciones radiales que "el nuevo sistema que prevé el Código Civil es que, una vez declarada la adoptabilidad, se busca que directamente se vaya a la lista única de adoptantes" pero en esta situación "excepcional" donde el maestro se veía "impedido" de ir a esa lista de adoptantes "es que hace la presentación y se opone a la adopción demostrando que él fue realmente un referente afectivo".
"Se advierten severas limitaciones que presentan los ascendientes del niño para poder ejercer en forma responsable y adecuada su rol, quienes, a su vez, no han hecho el esfuerzo necesario para lograr superar las dificultades que motivaron la desvinculación con su hijo, desde su nacimiento", sostiene el fallo.
El pequeño en la actualidad tiene 11 años y "el estado de abandono tanto material como espiritual se materializó, presentándose, nuevamente, una situación que objetivamente lo colocó en una situación de vulnerabilidad, haciendo necesario buscar una alternativa de vida que ofrezca mayores garantías para su sano crecimiento".
El fallo abrió la vía de la guarda preadoptiva ante "la situación en la que quedaría el menor ante, por un lado, la despreocupación demostrada por sus padres en su cuidado desde su nacimiento y la imposibilidad constatada de hacerlo actualmente, y por otro lado, que la guarda simple puede otorgarse sólo por el término máximo de un año, pudiendo renovarse por única vez por un plazo igual".
"Transcurrido el mismo, nuevamente habría que judicializar la cuestión para definir la situación, con el consiguiente efecto negativo, cuando ha quedado rotundamente probada la inviabilidad de que las circunstancias puedan variar", resumió la resolución del juez José María Estigarribia.
Javier Castellano Echenique, maestro de computación del niño, se hizo cargo de él y ahora ambos viven en el Paraje Los Algarrobos, ubicado en el departamento San Alberto, en Córdoba.
Comentarios
Publicar un comentario